jueves, 28 de marzo de 2024
Biblioteca de Silos. Estanterías

Volver un paso atrás Escuchar el texto más menos Enviar por email Imprimir

60. Admisión de sacerdotes.

No se le acepte en seguida.

     1 Si algún sacerdote pide ser admitido en el monasterio no se le acepte en seguida. 2 Pero si, a pesar de todo, insiste en su petición, sepa que ha de observar toda la disciplina regular, 3 y no se le dispensará de nada, según está escrito: Amigo, ¿a qué has venido?. 4 Sin embargo, se le concederá colocarse después del abad, dar la bendición y celebrar la misa, con el permiso del abad. 5 De lo contrario, nunca se atreva, sabiéndose sometido a la disciplina regular. Y dé a todos el mayor ejemplo de humildad. 6 Si hubiera que proveer algún cargo en el monasterio, o tratar de cualquier asunto, 7 guarde el lugar que por ingreso en el monasterio le corresponde, no el que se le ha concedido en atención a su sacerdocio. 8 Si algún otro eclesiástico quiere ingresar en el monasterio con el mismo deseo, désele un lugar intermedio, 9 con tal que prometa observar la regla y perseverar.


« 59. Oblación de niños. 61. Los monjes forasteros. »